Así resume Ron Paul, muy acertadamente en mi opinión, el credo neocon. Podéis leer el artículo completo aquí
1.
They agree with Trotsky on permanent revolution, violent as well as intellectual.
2.
They are for redrawing the map of the Middle East and are willing to use force to do so.
3.
They believe in preemptive war to achieve desired ends.
4.
They accept the notion that the ends justify the means – that hard-ball politics is a moral necessity.
5.
They express no opposition to the welfare state.
6.
They are not bashful about an American empire; instead they strongly endorse it.
7.
They believe lying is necessary for the state to survive.
8.
They believe a powerful federal government is a benefit.
9.
They believe pertinent facts about how a society should be run should be held by the elite and withheld from those who do not have the courage to deal with it.
10.
They believe neutrality in foreign affairs is ill-advised.
11.
They hold Leo Strauss in high esteem.
12.
They believe imperialism, if progressive in nature, is appropriate.
13.
Using American might to force American ideals on others is acceptable. Force should not be limited to the defense of our country.
14.
9-11 resulted from the lack of foreign entanglements, not from too many.
15.
They dislike and despise libertarians (therefore, the same applies to all strict constitutionalists).
16.
They endorse attacks on civil liberties, such as those found in the Patriot Act, as being necessary.
17.
They unconditionally support Israel and have a close alliance with the Likud Party.
sábado 30 de enero de 2010
martes 5 de enero de 2010
Locales privados
La diferencia entre lugar privado y público debiera ser evidente. Es público el que pertenece al estado. Es privado el que pertenece a uno o varios particulares. Bueno, pues algo tan simple algunos no lo entienden.
En un lugar privado, como vuestra casa, es el dueño el que decide que se puede y que no se puede hacer. Podrá hacerse lo que le de la gana al dueño en tanto no se dañen derechos ajenos. Así, si quiero que en mi casa se fume tengo perfecto derecho a hacerlo. Mis amigos podrán aceptarlo o no. Podrán venir a mi casa si quieren o podrán no venir si el humo les molesta.
Todo esto, que es tan de sentido común, se complica cuando hablamos de locales abiertos al público. Se complica innecesariamente porque no es lo mismo un local público que un local abierto al público.
Repetimos: el primero es el que pertenece al estado. Pero el segundo es un local PRIVADO cuyo dueño decide dejar la puerta abierta durante determinadas horas, con más o menos restricciones, para que entre gente en él.
Pero repetimos: es un local PRIVADO. Tan privado como mi casa.
Siendo esto así, ¿qué derecho tiene el estado a determinar las reglas de comportamiento que deben regir en ese local PRIVADO?
Si a alguno de mis invitados les molestara el humo en mi casa (en caso de que fumara, cosa que no sucede) siempre pueden decidir no venir. Del mismo modo y por la misma razón, una persona que no soporte el humo del tabaco puede negarse a entrar en un local donde se fuma pero no puede pretender que el local cambie sus normas solo porque las actuales no le gustan.
Ocurre lo mismo con el derecho de admisión, que no es sino el derecho a discriminar.
Imaginaos: un tipo llama a la puerta de vuestra casa, abrís la puerta y comprobáis que no lo conocéis de nada. Él dice que quiere entrar y vosotros no lo permitís. ¿Es incorrecto vuestro comportamiento? Está claro que no.
Ahora imaginad la misma situación con la diferencia de que vosotros sois unos nazis y el tipo que quiere entrar es negro. Obviamente no le dejáis entrar. ¿Sería delito? ¿La motivación que lleva a no dejarlo entrar cambia el hecho de que vuestra casa es vuestra casa y en ella entra solo quien vosotros queréis? Evidentemente no.
Del mismo modo, cuando en un local se niega la entrada a una persona por la razón que sea (es irrelevante), no se está haciendo otra cosa que lo que todos hacemos en nuestras casas o propiedades.
(Por otro lado y como nota al margen, ¿qué motivo tienen algunos para insistir entrar en lugares donde no son bienvenidos? A mi solo se me ocurre uno: tocar los cojones).
¿Toleraríais que un extraño os exigiera cambiar las normas que rigen en vuestra casa?
Seguro que no. Entonces, ¿por qué el dueño debe cambiar las normas que rigen en su local?
Si te molesta el humo o el bar está regentado por un racista y eres negro la solución es simple: no vayas a ese bar.
En un lugar privado, como vuestra casa, es el dueño el que decide que se puede y que no se puede hacer. Podrá hacerse lo que le de la gana al dueño en tanto no se dañen derechos ajenos. Así, si quiero que en mi casa se fume tengo perfecto derecho a hacerlo. Mis amigos podrán aceptarlo o no. Podrán venir a mi casa si quieren o podrán no venir si el humo les molesta.
Todo esto, que es tan de sentido común, se complica cuando hablamos de locales abiertos al público. Se complica innecesariamente porque no es lo mismo un local público que un local abierto al público.
Repetimos: el primero es el que pertenece al estado. Pero el segundo es un local PRIVADO cuyo dueño decide dejar la puerta abierta durante determinadas horas, con más o menos restricciones, para que entre gente en él.
Pero repetimos: es un local PRIVADO. Tan privado como mi casa.
Siendo esto así, ¿qué derecho tiene el estado a determinar las reglas de comportamiento que deben regir en ese local PRIVADO?
Si a alguno de mis invitados les molestara el humo en mi casa (en caso de que fumara, cosa que no sucede) siempre pueden decidir no venir. Del mismo modo y por la misma razón, una persona que no soporte el humo del tabaco puede negarse a entrar en un local donde se fuma pero no puede pretender que el local cambie sus normas solo porque las actuales no le gustan.
Ocurre lo mismo con el derecho de admisión, que no es sino el derecho a discriminar.
Imaginaos: un tipo llama a la puerta de vuestra casa, abrís la puerta y comprobáis que no lo conocéis de nada. Él dice que quiere entrar y vosotros no lo permitís. ¿Es incorrecto vuestro comportamiento? Está claro que no.
Ahora imaginad la misma situación con la diferencia de que vosotros sois unos nazis y el tipo que quiere entrar es negro. Obviamente no le dejáis entrar. ¿Sería delito? ¿La motivación que lleva a no dejarlo entrar cambia el hecho de que vuestra casa es vuestra casa y en ella entra solo quien vosotros queréis? Evidentemente no.
Del mismo modo, cuando en un local se niega la entrada a una persona por la razón que sea (es irrelevante), no se está haciendo otra cosa que lo que todos hacemos en nuestras casas o propiedades.
(Por otro lado y como nota al margen, ¿qué motivo tienen algunos para insistir entrar en lugares donde no son bienvenidos? A mi solo se me ocurre uno: tocar los cojones).
¿Toleraríais que un extraño os exigiera cambiar las normas que rigen en vuestra casa?
Seguro que no. Entonces, ¿por qué el dueño debe cambiar las normas que rigen en su local?
Si te molesta el humo o el bar está regentado por un racista y eres negro la solución es simple: no vayas a ese bar.
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propiedad privada
miércoles 2 de diciembre de 2009
APROPIACIÓN ORIGINARIA
El Derecho de propiedad según Locke comienza cuando alguien “mezcla” su trabajo con un objeto de la naturaleza, tras lo cual el objeto resultante (el objeto de su trabajo) deviene suyo. Es necesario, por tanto, que para que una cosa que se encuentra en estado natural y que no pertenece a nadie se convierta en propiedad de alguien se haya producido algún tipo de acto productivo.
Al referirse a la propiedad de la tierra Rothbard identifica esta producción con la agricultura, la ganadería, minería, etc. Sigue así con la idea defendida típicamente por los Ilustrados (léanse las cartas de Jefferson sobre la cuestión india) de que los pueblos no civilizados se encuentran en un estadio inferior y que, al no tener agricultura ni ganadería, no tienen unos derechos naturales completos, ya que el derecho de propiedad estaría sin desarrollar. En su defensa hay que decir que con esta teoría Rothbard pretendía evitar monopolios improductivos sobre la tierra y sobre todo el peor de ellos: la propiedad feudal.
Sin embargo, si no se aclaran algunos puntos, esta teoría podría llevar a negar todo derecho sobre sus territorios a pueblos que no tienen un sistema de producción basado en la agricultura., como cazadores-recolectores (que aún existen), ganaderos trashumantes, agricultura de subsistencia... Todos estos pueblos tienen sistemas de producción que a veces no son evidentes. No se ven vallados, construcciones, accesos...Todo lo cual puede hacer pensar que esa tierra no pertenece a nadie. Sin embargo, el que no existan esos elementos no significa que no haya un sistema de producción, una explotación de esos recursos.
Por ejemplo: cuando los blancos llegaron a las grandes praderas de EE.UU. debieron de pensar que era un territorio virgen al no existir signos que afirmaran lo contrario. Sin embargo desde mucho tiempo antes diversas tribus de esa zona (dakotas, paiutes, cheyenes...) habían puesto en marcha un sistema de explotación económico entorno al bisonte: los pueblos se desplazaban siguiendo a las manadas, provocaban incendios para eliminar pequeños bosques de manera que los pastos crecieran y atrajeran a los bisontes, etc... ¿No es esto producción económica?
Otro ejemplo: numerosos pueblos del Amazonas practican una agricultura trashumante. Cultivan una parcela, luego se trasladan a otra, tras un cierto tiempo vuelven a la primera y así sucesivamente. Si un extraño llegase a una parcela recién abandonada probablemente no la distinguiría del resto de la selva, dada la velocidad con que crece la vegetación en esa zona y pensaría que es terreno virgen. Sin embargo tiene unos dueños.
Es además práctica común entre muchos pueblos la plantación aleatoria de plantas, que posteriormente recolectan. Siguiendo lo que actualmente se conoce como permagricultura.
Pero no hay que irse a pueblos primitivos para chocar con este problema. ¿Qué ocurre si llego a un sitio virgen deshabitado y de gran belleza, y digo que lo voy a convertir en parque natural para dejarlo intacto y que la gente a cambio de dinero pueda visitarlo? ¿No habría también explotación económica aquí?
¿Y si simplemente quiero protegerlo y no obtengo beneficio económico alguno? Esto se está dando, por ejemplo, en la Patagonia donde el multimillonario Tompkins ha comprado grandes extensiones de terreno virgen para mantenerlas intactas, permitiendo sólo visitas restringidas. Si este no cobra ni siquiera una cantidad mínima por las visitas, ¿significa que esa tierra no es suya? (siempre, claro, que la adquisición de esa tierra sea legítima, pero eso es otro tema).
Por lo tanto, por un lado, tenemos que tener claro que el trabajo necesario para crear propiedad no puede entenderse únicamente en un sentido “civilizado”.
Los pueblos “primitivos” no se limitan a sentarse debajo de un árbol frutal a esperar que la fruta les caiga encima. Estos pueblos realizan un trabajo, a veces muy duro, para sobrevivir y cuando mezclan ese trabajo (que muchas
veces no es evidente) con diversos objetos de la naturaleza, incluida la tierra, se convierten en propietarios.
Quizás no sea fácil determinar cuando existe algún tipo de producción y cuando no, pero si una tribu de cazadores-recolectores que ha estado viviendo y desplazándose por la misma zona durante siglos no pueden llamar a esa tierra, SU tierra entonces nadie puede.
Por otro lado si un persona adquiere la propiedad de una tierra virgen que no era de nadie y la deja intacta porque desea que siga así ¿puede afirmar que esa tierra es suya? Bueno, en mi opinión la clave aquí está en que sus acciones demuestren claramente que su intención es esa. No es lo mismo tener una tierra y dejarla abandonada, a tener una tierra y protegerla para que siga intacta.
En este segundo caso se necesita una actividad, aunque solo sea de guarda y custodia. Esta actividad, que desde el punto de vista contable es un gasto y no produce beneficio económico, sería suficiente para que el título de propiedad fuese legítimo. Hay, por tanto, que dar un sentido más amplio a la palabra beneficio, entendiendo por tal aquello que es valioso para uno, aunque no sea beneficioso desde el punto de vista contable, y para cuya obtención el individuo realiza las acciones pertinentes.
Al referirse a la propiedad de la tierra Rothbard identifica esta producción con la agricultura, la ganadería, minería, etc. Sigue así con la idea defendida típicamente por los Ilustrados (léanse las cartas de Jefferson sobre la cuestión india) de que los pueblos no civilizados se encuentran en un estadio inferior y que, al no tener agricultura ni ganadería, no tienen unos derechos naturales completos, ya que el derecho de propiedad estaría sin desarrollar. En su defensa hay que decir que con esta teoría Rothbard pretendía evitar monopolios improductivos sobre la tierra y sobre todo el peor de ellos: la propiedad feudal.
Sin embargo, si no se aclaran algunos puntos, esta teoría podría llevar a negar todo derecho sobre sus territorios a pueblos que no tienen un sistema de producción basado en la agricultura., como cazadores-recolectores (que aún existen), ganaderos trashumantes, agricultura de subsistencia... Todos estos pueblos tienen sistemas de producción que a veces no son evidentes. No se ven vallados, construcciones, accesos...Todo lo cual puede hacer pensar que esa tierra no pertenece a nadie. Sin embargo, el que no existan esos elementos no significa que no haya un sistema de producción, una explotación de esos recursos.
Por ejemplo: cuando los blancos llegaron a las grandes praderas de EE.UU. debieron de pensar que era un territorio virgen al no existir signos que afirmaran lo contrario. Sin embargo desde mucho tiempo antes diversas tribus de esa zona (dakotas, paiutes, cheyenes...) habían puesto en marcha un sistema de explotación económico entorno al bisonte: los pueblos se desplazaban siguiendo a las manadas, provocaban incendios para eliminar pequeños bosques de manera que los pastos crecieran y atrajeran a los bisontes, etc... ¿No es esto producción económica?
Otro ejemplo: numerosos pueblos del Amazonas practican una agricultura trashumante. Cultivan una parcela, luego se trasladan a otra, tras un cierto tiempo vuelven a la primera y así sucesivamente. Si un extraño llegase a una parcela recién abandonada probablemente no la distinguiría del resto de la selva, dada la velocidad con que crece la vegetación en esa zona y pensaría que es terreno virgen. Sin embargo tiene unos dueños.
Es además práctica común entre muchos pueblos la plantación aleatoria de plantas, que posteriormente recolectan. Siguiendo lo que actualmente se conoce como permagricultura.
Pero no hay que irse a pueblos primitivos para chocar con este problema. ¿Qué ocurre si llego a un sitio virgen deshabitado y de gran belleza, y digo que lo voy a convertir en parque natural para dejarlo intacto y que la gente a cambio de dinero pueda visitarlo? ¿No habría también explotación económica aquí?
¿Y si simplemente quiero protegerlo y no obtengo beneficio económico alguno? Esto se está dando, por ejemplo, en la Patagonia donde el multimillonario Tompkins ha comprado grandes extensiones de terreno virgen para mantenerlas intactas, permitiendo sólo visitas restringidas. Si este no cobra ni siquiera una cantidad mínima por las visitas, ¿significa que esa tierra no es suya? (siempre, claro, que la adquisición de esa tierra sea legítima, pero eso es otro tema).
Por lo tanto, por un lado, tenemos que tener claro que el trabajo necesario para crear propiedad no puede entenderse únicamente en un sentido “civilizado”.
Los pueblos “primitivos” no se limitan a sentarse debajo de un árbol frutal a esperar que la fruta les caiga encima. Estos pueblos realizan un trabajo, a veces muy duro, para sobrevivir y cuando mezclan ese trabajo (que muchas
veces no es evidente) con diversos objetos de la naturaleza, incluida la tierra, se convierten en propietarios.
Quizás no sea fácil determinar cuando existe algún tipo de producción y cuando no, pero si una tribu de cazadores-recolectores que ha estado viviendo y desplazándose por la misma zona durante siglos no pueden llamar a esa tierra, SU tierra entonces nadie puede.
Por otro lado si un persona adquiere la propiedad de una tierra virgen que no era de nadie y la deja intacta porque desea que siga así ¿puede afirmar que esa tierra es suya? Bueno, en mi opinión la clave aquí está en que sus acciones demuestren claramente que su intención es esa. No es lo mismo tener una tierra y dejarla abandonada, a tener una tierra y protegerla para que siga intacta.
En este segundo caso se necesita una actividad, aunque solo sea de guarda y custodia. Esta actividad, que desde el punto de vista contable es un gasto y no produce beneficio económico, sería suficiente para que el título de propiedad fuese legítimo. Hay, por tanto, que dar un sentido más amplio a la palabra beneficio, entendiendo por tal aquello que es valioso para uno, aunque no sea beneficioso desde el punto de vista contable, y para cuya obtención el individuo realiza las acciones pertinentes.
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